España. Se blinda el aborto libre, público y sin tutelas

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La nueva ley garantizará el aborto en la Sanidad Pública por la vía de urgencia y pone especial énfasis en la cercanía del domicilio de las mujeres con el objetivo de acabar con los desplazamientos a cientos de kilómetros.

“Mundo Obrero”, Redacción. Madrid. 17/02/2023. La reforma de la ley del aborto, impulsada por el Ministerio de Igualdad en manos de Unidas Podemos y que ha sido aprobada definitivamente este jueves por el Congreso, garantiza la realización de interrupciones voluntarias del embarazo en centros sanitarios públicos,elimina la exigencia de autorización paterna para las menores de 16 y 17 años, y regula la objeción de conciencia.

Además introduce medidas novedosas, como las bajas laborales por menstruaciones incapacitantes o el acceso gratuito a la píldora del día después. Con estas nuevas medidas, se pretenden garantizar de una vez por todas los derechos sexuales y reproductivos para todas y un acceso al aborto libre, público y sin tutelas.

Esta reforma de la ley ha llegado al Congreso para su aprobación definitiva, con un blindaje del acceso al aborto frente a posibles protocolos antiabortistas, como el planteado por Vox en Castilla y León, en donde se pretendía obligar a las y los profesionales sanitarios a decirle a la mujer que tiene la posibilidad de escuchar el latido del feto, el respaldo psicológico y la ecografía 4D del feto.

Con esta enmienda, la ley recoge en su artículo 24 que las administraciones deberán “garantizar el libre ejercicio del derecho a la interrupción del embarazen los términos de esta ley y, especialmente, velarán por evitar que la solicitante sea destinataria de prácticas que pretendan alterar, ya sea para afianzar, revocar o para demorar, la formación de su voluntad sobre la interrupción o no de su embarazo” con “la excepción de la información clínica imprescindible y pertinente”.

 

A partir de los 16

Con esta reforma se suprime el requisito que incorporó en 2015 el PP en su modificación de la ley vigente de 2010. De esta forma, las jóvenes de entre 16 y 17 años y las mujeres con discapacidad podrán interrumpir voluntariamente su embarazo sin necesidad de ningún permiso por parte de sus padres o tutores.

Además se reconocen nuevos derechos como, por ejemplo, que las mujeres que se sometan a un aborto tendrán derecho a una baja incapacitante, al tiempo que se incorpora la provisión de asistencia y acompañamiento integral y especializado en los casos de interrupción del embarazo.

El aborto seguirá siendo libre durante las primeras 14 semanas de gestación. Sin embargo,excepcionalmente, se podrá interrumpir hasta la semana 22cuando exista grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada o riesgo de graves anomalías para el feto. Después solo será posible cuando se detecten anomalías fetales incompatibles con la vida o una enfermedad extremadamente grave e incurable confirmada por un comité clínico.

 

Garantizado en la pública

Actualmente, el 85% de abortos en España se produce en centros privados. La nueva ley garantizará el aborto en la Sanidad Pública por la vía de urgencia y pone especial énfasis en la cercanía del domicilio de las mujeres con el objetivo de acabar con los desplazamientos a cientos de kilómetros que cada año realizan miles de mujeres para interrumpir su embarazo, muchas veces para acabar en clínicas privadas ante la negativa de los hospitales a los que acuden. Además, las mujeres podrán elegir entre el aborto quirúrgico y el farmacológico, que ambos deberán estar disponibles en todos los centros.

En esta línea, la ley garantizará la objeción de conciencia como un derecho individual y será regulada del mismo modo que en la Ley de Eutanasia para garantizar que siempre haya personal disponible para la Interrupción Voluntaria del Embarazo. En este sentido, la norma deja claro que quien se declare objetor, lo será tanto en la sanidad pública como en la privada.

Otras medidas que se incorporan es la eliminación de los tres días de reflexión obligatorios y la ampliación de los derechos reproductivos a todas las «personas trans con capacidad de gestar», es decir, a las que han cambiado su sexo al masculino pero que han mantenido su aparato reproductor femenino. Las píldoras anticonceptivas de última generación volverán a estar cubiertas por la Seguridad Social  y se distribuirán gratuitamente en los centros de salud, así como en los servicios de salud sexual y reproductiva. También se promoverán los métodos de anticoncepción masculina, para que ésta no sea sólo una responsabilidad de las mujeres.

Además, se pone el foco en la educación sexual y establece suobligatoriedad en las principales etapas educativas. Para ello, se formará en educación sexual y menstrual a profesores y también a funcionarios de prisiones y trabajadores públicos.

 

Los “vientres de alquiler” y esterilización forzosa: violencia contra las mujeres

La ley establece medidas para la prevención y respuesta del Estado a algunas manifestaciones de la violencia contra las mujeres relacionadas con los derechos sexuales y reproductivos. En este sentido, reconoce la gestación por substitución (los conocidos como vientres de alquiler) como una forma de violencia contra las mujeres y se prohíbe la publicidad de las agencias que ofertan estos servicios en el extranjero.

También, la esterilización forzosa que todavía se hace en determinadas ocasiones a mujeres con discapacidad. Igualmente, contempla como violencia contra las mujeres elembarazo y el aborto forzoso. Por último, se creará una línea telefónica para informar de todos los derechos incluidos en la norma.