Otra vez el uso y abuso del subcontrato en entidades estatales

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Es urgente limitar y revertir el empleo indiscriminado y economicista de esas formas de sobreexplotación al amparo del Estado, revisar su efectiva utilidad y el gasto que genera para el presupuesto público, gran parte del cual va a parar a manos de empresas contratistas.

Pedro Aravena Rivera (*). Santiago. 19/05/2022. El conflicto colectivo que ha tenido lugar en estos días en torno a la Refinería Bío Bío, entre la Empresa Nacional del Petróleo, Enap, y una de las Federaciones de trabajadores del subcontrato de esa región, que ha significado, entre otros situaciones, el enfrentamiento entre trabajadores y la policía, ha vuelto a poner de actualidad el cuestionamiento a la legitimidad de las políticas estatales que facilitan el más amplio uso y abuso de la figura contractual de la subcontratación, contemplada por los Artículos 183-A y siguientes del Código del Trabajo.

Esta figura legal consiste en la mediación de un tercero, denominado contratista o subcontratista, según la normativa chilena, normalizando un tipo de vínculo laboral que ha consagrado como regla general un régimen de discriminación salarial y de las demás condiciones contractuales, comparadas con las que obtienen los trabajadores permanentes, no obstante que realicen labores permanentes en muchos casos.

A propósito de ese conflicto, se publicó en la edición del domingo 15 del presente mes, del diario “La Tercera”, una entrevista a José Luis Mardones, presidente de Enap, en la que ha señalado que esa empresa no tiene una relación laboral con esos trabajadores, por lo que no pueden negociar con ellos, ya que solo pueden hacerlo con sus respectivas empresas contratistas que prestan servicios a Enap, la cual tiene la condición de empresa principal en esta relación intermediada por una empresa contratista o subcontratista que se interpone entre la Enap y los trabajadores en conflicto.

Pero, a pesar de su insistencia en cuanto a que Enap no es parte en ese proceso negociador, Mardones agrega que el jueves pasado “firmamos un acuerdo ante la Dirección del Trabajo con Fenatrasub”, que agrupa a los sindicatos que paralizaron labores, con lo que se desdice de sus afirmaciones en torno a la ajenidad de esa empresa estatal con respecto a este conflicto laboral.

En realidad, lo que el Presidente de Enap trata de argumentar no es ninguna novedad. Hace más de 15 años atrás, lo mismo dijeron los ejecutivos de Codelco como respuesta elusiva ante los requerimientos de los trabajadores tercerizados que exigían modificar sus condiciones de trabajo y de remuneración. Lo diferente, es que aquello ocurría en un Gobierno de la Concertación y ahora ocurre en un Gobierno del que son parte Apruebo Dignidad y el Frente Amplio. Cuestión que no es tan simple, ya que la tercerización laboral es una de las más agresivas políticas neoliberales de desregulación laboral.

Una de sus consecuencias más denigrantes es que los trabajadores tercerizados quedan legal y materialmente marginados de la posibilidad de negociar colectivamente con la empresa principal que se beneficia directamente con el producto de sus labores y ante cualquier petición de entablar conversaciones, de inmediato se interpone la barrera de las empresas contratistas, para las que formalmente prestan servicios.

No obstante que la empresa principal -como ocurre en la actual situación de Enap-, es la que establece las condiciones que determinan las remuneraciones y demás beneficios que podrán percibir, a través de las bases de licitación de las obras y faenas a las que postularán las empresas contratistas. De allí que la negociación colectiva intentada por Fenatrasub no sólo tiene una base moral y legal, en los Convenios Internacionales de la OIT, sino además material, en las condiciones de trabajo y remuneraciones comunes que se imponen, a dichas   empresas contratistas.

Una parte importante de la expansión que ha tenido el trabajo tercerizado en nuestro país, ha sido en el sector estatal, no solo en las empresas públicas, sino también en la toda la Administración del Estado, incluidas las municipalidades, generalmente en funciones de apoyo como aseo, alimentación y vigilancia, en donde se acentúan lo rasgos de segregación entre trabajadores permanentes y subcontratados, incluyendo la imposibilidad de negociar con dichas entidades públicas. Rubros en los cuales se contrata a un gran número de trabajadoras, que subsidian a dichas instituciones con sus bajísimas remuneraciones.

Es urgente limitar y revertir el empleo indiscriminado y economicista de esas formas de sobreexplotación al amparo del Estado, revisar su efectiva utilidad y el gasto que genera para el presupuesto público, gran parte del cual va a parar a manos de empresas contratistas.

Tratándose de empresas estatales y servicios públicos que practiquen la subcontratación en el desarrollo de sus funciones, es importante conferir competencia exclusiva a la Dirección del Trabajo para la fiscalización del cumplimiento de los requisitos propios del subcontrato y de la legislación laboral y de seguridad social, promoviendo la incorporación de esta fuerza laboral a puestos de trabajo permanentes, ya sea mediante las normas del Código del Trabajo o de los estatutos administrativos correspondientes.

En aquellos sectores en donde se continúe con el empleo del subcontrato, hay que permitir la introducción de mecanismos que faciliten el ejercicio del derecho para negociar colectivamente, mediante un procedimiento tripartito entre trabajadores, empresas contratistas y empresas e instituciones  mandantes, terminando con eufemismos como los empleados, hasta ahora, por los directivos de Enap, que se niegan a que los trabajadores que laboran al interior de sus instalaciones, puedan plantear sus reivindicaciones, sin apaleos, ni detenciones, como sigue ocurriendo en la región del Bío-Bío.

(*)Pedro Aravena Rivera. Abogado, colaborador de El Siglo.