La ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, destacó que el comienzo de la implementación de la ley es “un logro que inicia un camino a una reivindicación histórica, por la cual muchos trabajadores, en los inicios del sindicalismo, incluso dieron su vida”.
Santiago. 26/4/2023. Como “un logro para Chile”, calificó la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, el inicio de la implementación de la Ley de 40 Horas desde hoy viernes 26 de abril.
Junto a la ministra de la Secretaría General de Gobierno, Camila Vallejo, y el titular de la Secretaría General de la Presidencia, Álvaro Elizalde, la titular de Trabajo y Previsión Social dio el vamos a la nueva norma legal que, en su primera etapa, reduce la jornada laboral de 45 a 44 horas de forma obligatoria.
En una actividad realizada en el frontis del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, también participaron los subsecretarios de Previsión Social, Claudio Reyes, y del Trabajo, Giorgio Boccardo; la subsecretaria de Segegob, Nicole Cardoch; y el director del Trabajo (DT), Pablo Zenteno. Estuvieron también presentes parlamentarios, dirigentes sindicales, empleadores, empresas con Sello 40 Horas y diversos actores de la sociedad civil.
“Agradecerle a quienes están hoy en este espacio público celebrando un logro importante para nuestro país, un logro para Chile, un logro que, además, inicia un camino a una reivindicación histórica por la cual muchos trabajadores, en los inicios del sindicalismo, incluso dieron su vida, que es tener una jornada laboral”, aseguró la titular del Trabajo.
La ministra Jara sostuvo que “la convicción del Gobierno del Presidente Gabriel Boric fue hacer posible y real este anhelo que habían presentado con tanta voluntad, pasión y defensa nuestra ministra Camila Vallejo y nuestra presidenta de la Cámara de Diputados, Karol Cariola”.
El proyecto la Ley de 40 Horas fue originalmente presentado en 2017 por la entonces diputada y hoy ministra de la Secretaría General de Gobierno, Camila Vallejo, y la diputada Karol Cariola. En 2022 el gobierno del Presidente Gabriel Boric ingresó indicaciones a dicha propuesta, las que surgieron de un trabajo tripartito entre trabajadores, empleadores y Ejecutivo. El proyecto fue despachado a ley por el Congreso, con apoyo transversal, en abril del año pasado y promulgada el mismo mes.
La ministra Jara destacó el rol de los empleadores en la implementación de la Ley 40 Horas: “Quiero felicitar a las empresas que se sumaron al Sello 40 Horas (…) Hoy día son más de 5.400, de las cuales el 90% son pymes, así que los felicito. Muchas veces se pone a las pymes como excusa para avanzar en derechos para las personas, pero son las primeras que se han adaptado en esta reducción de la jornada laboral”.
En tanto, la ministra Vallejo manifestó que “cuando hay momentos en que parece que todo se viene cuesta arriba, que todos dicen que es imposible, ‘deja de soñar esto, en nuestro país no lo van a permitir’, el ejemplo de las 40 horas es de aquellos que nos permiten decir que es posible correr la barrera de lo posible”.
“Lo decíamos el 2011, que en política estamos para eso, que a veces nos vamos permeando del discurso más predominante, pero cuando se produce esa articulación y sinergia entre las sociedades, los trabajadores, los políticos, los parlamentarios y los empresarios, porque aquí hubo varios empresarios que estuvieron detrás desde el inicio apoyando a las 40 horas, vamos construyendo el camino de lo posible”, añadió la titular de Segegob.
El ministro Elizalde, por su parte, agradeció el trabajo parlamentario en la aprobación de esta ley e indicó que “es una buena noticia que Chile avance en mejorar las condiciones laborales, de trabajo, y que permitan conciliar la vida laboral con la vida familiar. Porque la hora que se implementa aquí, y todas las horas que progresivamente se implementarán con esta ley, permitirán que podamos compartir con nuestras familias”.
Principales alcances de la Ley 40 Horas
Desde el Ministerio del Trabajo y Previsión Social se informó que dada la gradualidad contemplada en la Ley de 40 Horas, este año la jornada laboral se reduce de 45 a 44 horas de forma obligatoria. A esto se suma, en abril de 2026, una disminución a 42 horas y, luego, en 2028, que será cuando la ley entre completamente en régimen, a 40 horas.
Sin perjuicio de lo anterior, las empresas pueden implementar las 40 horas voluntariamente desde ya y sin esperar la gradualidad.
Con todo, respecto a la forma en que debe implementarse la reducción obligatoria, esta se puede acordar entre los empleadores y los sindicatos. De no haber sindicato, el acuerdo puede ser directamente entre los empleadores y los trabajadores.
Si no existe acuerdo, un dictamen emitido por la Dirección del Trabajo el 18 de abril pasado estableció el criterio para la aplicación. En esa línea, el pronunciamiento precisó que, tratándose de una jornada de lunes a viernes, el empleador deberá rebajar en una hora la jornada diaria en alguno de los 5 días que forman parte de la jornada semanal.
En el caso de una jornada semanal de 6 días, de lunes a sábado, el dictamen sostiene que el empleador deberá disminuir al menos 50 minutos en uno de los días de la jornada semanal y la fracción de 10 minutos, en otro día.
Entre otros aspectos que incorpora la nueva ley, destaca que las empresas que apliquen las 40 horas desde ya pueden acceder a otras regulaciones. Por ejemplo, acordar distribuir con los trabajadores que la jornada se distribuya en cuatro días de trabajo por tres de descanso, conocida como 4×3, lo que es una innovación adoptada también en otros países.
Además, se incorpora un sistema bandas horarias para trabajadores que son madres, padres o que tengan el cuidado personal de niños de hasta 12 años. De esta manera, podrán anticipar o retrasar hasta en una hora el comienzo de sus labores, lo que determinará también el horario de salida.
Por ejemplo, si un trabajador ingresa por contrato a las 9.00 horas y sale a las 17.00 horas, podrá adelantar el ingreso a las 8.00 y retirarse a las 16.00; o bien, retrasar la entrada a las 10.00 y salir a las 18.00.
Para hacer uso de este derecho deberán entregar al empleador el respectivo certificado de nacimiento o la sentencia que le otorgue el cuidado personal de un niño o niña.