Una treintena de organizaciones adhirieron a declaración emitida por la Comisión Chilena de Derechos Humanos, donde se indicó que aprobar esta iniciativa legal “constituye un imperativo ético y jurídicamente correcto”. Se hizo ver que “en los últimos meses, la sociedad chilena ha visto con preocupación cómo sectores políticos conservadores, de clara orientación neofascista, han comenzado a instalar discursos de odio, apología de la violencia, y negación de las violaciones a los derechos humanos”. Se precisó que la iniciativa “recoge experiencia comparada de otras legislaciones, como Alemania, Israel, Bélgica, España y Sudáfrica, entre otros, que sancionan la apología del odio y la negación de los crímenes contra la Humanidad”.
Equipo “El Siglo”. 9/6/2023. Santiago. Texto íntegro de la declaración pública difundida por la Comisión Chilena de Derechos Humanos y la lista de colectivos que adhirieron a ella:
La Comisión Chilena de Derechos Humanos desea expresar su apoyo al reciente
proyecto de ley ingresado como moción parlamentaria al Congreso, que pretende
sancionar penalmente el negacionismo.
Durante estos 32 años de transición, a pesar de la ausencia de políticas serias de
Memoria por parte del Estado, las organizaciones de familiares de víctimas, los sobrevivientes y los organismos de derechos humanos, habían logrado instalar un
consenso a nivel social respecto de la necesidad de condenar la barbarie que
significó para nuestro pueblo la dictadura cívico militar y al mismo tiempo, considerar
el respeto y garantía de los derechos humanos como el eje rector de nuestra
convivencia.
Sin embargo, en los últimos meses, la sociedad chilena ha visto con preocupación
cómo sectores políticos conservadores, de clara orientación neofascista, han
comenzado a instalar a través de los medios de comunicación hegemónicos,
discursos de odio, apología de la violencia, relativización de los derechos humanos
y negación de las violaciones a los derechos humanos cometidos en la historia
reciente de nuestro país, todas conductas que atentan gravemente contra los
principios que inspiran el quehacer de la comunidad internacional organizada.
El Proyecto de ley, establece que “Art.161-D: El que a través de cualquier medio
justificare, aprobare o negare las violaciones a los derechos humanos cometidas
por agentes del Estado durante la dictadura cívico militar ocurrida en Chile entre el
11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990, consignadas en el Informe de
la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación; de la Corporación Nacional de
Reparación y Reconciliación; de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y
Tortura; y de la Comisión Asesora para la Calificación de Detenidos Desaparecidos
y Ejecutados Políticos y Víctimas de Prisión Política y Tortura, sin perjuicio de los
posteriores informes que sean reconocidos por el Estado sobre la materia, y siempre
que dichos actos perturben el orden público o bien impidan, obstruyan o restrinjan
de forma ilegítima el ejercicio de un derecho por parte de el o los ofendidos; serán
castigados con la pena de prisión en su grado medio a máximo y multa de 20 a 40
Unidades Tributarias Mensuales.
La pena corporal asignada en el inciso anterior se aumentará en un grado y las
multas se impondrán en su grado máximo, cuando tales conductas se hubieren realizado por funcionario público en el ejercicio de sus funciones o con ocasión de
su cargo”.
La redacción del texto recoge experiencia comparada de otras legislaciones, como
Alemania, Israel, Bélgica, España y Sudáfrica, entre otros, que sancionan la
apología del odio y la negación de los crímenes contra la Humanidad de acuerdo a
los estándares internacionales de derechos humanos, según las recomendaciones
del Consejo de Europa, la Comisión Europea de Derechos Humanos y el Estatuto
de Roma que crea la Corte Penal Internacional. También el proyecto de ley recoge
lo señalado por la Convención Americana de Derechos Humanos, la interpretación
de sus disposiciones por parte de la Corte Interamericana, y lo prescrito por el Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos en su artículo 19 N° 3, letra a) y b), en
cuanto es posible restringir la libertad de expresión mediante una ley, cuando sea
necesario asegurar el respeto a los derechos o la reputación de los demás ó para
proteger la seguridad nacional, el orden público ó la salud o la moral públicas. Así
por lo demás lo ratificó el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas,
órgano encargado de supervisar el cumplimiento de dicho tratado internacional
(Caso Robert Faurisson v. France, Comunicación No. 550/1993, U.N. Doc.
CCPR/C/58/D/550/1993 (1996).
En consecuencia, y tal como lo señalan los fundamentos de este proyecto de ley,
aprobar esta iniciativa legal “constituye un imperativo ético y jurídicamente correcto,
pues significa avanzar en el compromiso irrestricto del respeto a la noción de la
condición y dignidad humana”; al mismo tiempo, es un gran aporte al cumplimiento
por parte del Estado de Chile de su obligación de impulsar las garantías de no
repetición, impedir la Impunidad y avanzar hacia el anhelado Nunca Más.
Llamamos a los sectores conscientes del Parlamento a votar favorablemente esta
iniciativa legal y al Gobierno, a patrocinarla, como una expresión concreta de la
voluntad política de respetar la normativa internacional de derechos humanos a la
que se encuentra obligado a cumplir el Estado de Chile, de honrar a las víctimas y
preservar la Memoria de nuestra historia reciente.
COMISION CHILENA DE DERECHOS HUMANOS.
Santiago, 8 de junio de 2023.-
ADHIEREN:
Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos (AFDD)
Coordinadora de Víctimas y Familiares de Trauma Ocular
Coordinadora de Víctimas de Perdigones
Agrupación de Víctimas de Violencia Por Agentes del Estado- AVIDVAE-CHILE
CINTRAS, Centro de Salud Mental y Derechos Humanos
Comisión Ética contra la Tortura
Fundación PIDEE
Colegio de Profesores, Directorio Nacional y Departamento de Derechos Humanos
Colegio de Periodistas, Regional Metropolitano
Colegio de Enfermeras, Comisión DDHH
FETRACALL, Federación de Trabajadores de Call Center
Coordinadora Nacional de Trabajadores/as NO+AFP
Escuela Permanente PRAIS Concepción
Movimiento Acción Migrante (MAM)
Ampro Tarapacá
Marq Ay Concepción
Escuela Permanente PRAIS
Centro de Formación Memoria y Futuro (CFMF)
Agrupación de Mujeres Democráticas
Fundación Henry Dunant
Comité por un Chile Digno-Noruega
MEPAP (Movimiento el Pueblo Ayuda al Pueblo)
Pensamientos y Praxis por Chile
Agrupación de voluntarias/os por la defensa de los derechos humanos en Calama
Marea Sur – Observatorio socioterritorial
Red de mujeres Mapuchw Trawun pu Zomo de Cholchol
Centro Cultural de Derechos Humanos Salvador Allende de Puente Alto
Plataforma Sindical Feminista Sindicalismo con Nosotras
Red de mujeres Mapuche Trawun pu Zomo de Cholchol.