Corte confirmó condenas contra 3 exmilitares por secuestro de comerciante en 1976

Compartir

Los ministros Liliana Mera Muñoz,  Luis Sepúlveda Coronado y el abogado integrante señor Juan Carlo Silva Aldunate, confirmaron en lo penal la sentencia de primera instancia dictada por la ministra Marianela Cifuentes y condenaron a los exmilitares Pedro Espinoza Bravo, brigadier del Ejército al momento de los hechos; Juan Morales Salgado, mayor del Ejército, y Juvenal Piña Garrido, sargento primero de la misma institución, a la pena de diez años de presidio mayor en su grado mínimo como autores de secuestro calificado de la víctima.

Santiago. 3/12/2024. La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel condenó a tres exagentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en el delito consumado de secuestro calificado  de Rodolfo Marcial Núñez Benavides, comerciante y militante comunista, perpetrado a partir del 18 de mayo de 1976, y quien a la fecha está en calidad de detenido desaparecido.

Los ministros Liliana Mera Muñoz,  Luis Sepúlveda Coronado y el abogado integrante señor Juan Carlo Silva Aldunate, confirmaron en lo penal la sentencia de primera instancia dictada por la ministra Marianela Cifuentes y condenaron a los exmilitares Pedro Espinoza Bravo, brigadier del Ejército al momento de los hechos; Juan Morales Salgado, mayor del Ejército, y Juvenal Piña Garrido, sargento primero de la misma institución, a la pena de diez años de presidio mayor en su grado mínimo como autores de secuestro calificado de la víctima.

Espinoza Bravo y Morales Salgado actualmente cumplen condenas por otros procesos de violaciones a los derechos humanos en el centro penitenciario Punta Peuco, mientras que Piña Garrido se encuentra recluido en Colina I.

La abogada querellante Carolina Vera del Estudio Caucoto Abogados, junto con valorar la sentencia señaló que “tras casi 50 años de la detención y posterior desaparición de Rodolfo Núñez Benavides la familia ha encontrado un poco de justicia.  El fallo dictado por la Segunda Sala de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de San Miguel significa un hito importante en la búsqueda de verdad. Pero esto no termina aquí, aún hay un largo camino por recorrer por la verdad, justicia y reparación”.

Los hechos

De acuerdo a la investigación sustanciada por la ministra Marianela Cifuentes se ha podido comprobar los siguientes hechos: “Que el día 18 de mayo de 1976, alrededor de las 15:00 horas, en Avenida Departamental al llegar a Avenida Ochagavía, agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional detuvieron sin derecho a Rodolfo Marcial Núñez Benavides, militante del Partido Comunista, quien viajaba junto a su hijo Rodolfo Francisco Núñez Moya en un station wagon marca Renault.

Asimismo, se consolidó el hecho de que ese mismo día, agentes de DINA allanaron el domicilio de Núñez Benavides, ubicado en calle Sergio Ceppi N° 0814 de la comuna de La Cisterna.

“Inicialmente, los captores mantuvieron encerrado a Rodolfo Marcial Núñez Benavides en el centro de detención clandestino de la Dirección de Inteligencia Nacional denominado ‘Villa Grimaldi’, ubicado en avenida José Arrieta N° 8.200 de la comuna de Peñalolén, recinto a cargo del Teniente Coronel de Ejército Carlos José Leonardo López Tapia”, según consigna la sentencia.

De la misma manera, la sentencia estableció “que, con posterioridad, Rodolfo Núñez Benavides fue trasladado al centro de detención clandestino ‘Simón Bolívar’, situado en calle Simón Bolívar de la comuna de La Reina, recinto a cargo del mayor de Ejército Juan Hernán Morales Salgado, en el que operaba la agrupación ‘Delfín’, a cargo de los oficiales Barriga Muñoz y Lawrence Mires, siendo la última noticia que se tiene de su parte que fue trasladado por el cabo 1° del Ejército Juvenal Alfonso Piña Garrido, agente del grupo ‘Delfín’, a una dependencia del referido centro de detención que se ocupaba para torturar a los detenidos, desconociéndose desde entonces su paradero”.