Acerca del caso Neruda

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Los avances en el procedimiento penal son sin duda relevantes y al menos ya no hay duda alguna que se pueda concluir que la muerte del ilustre compatriota y camarada fue producto de la acción de los golpistas del 73.

Eduardo Contreras (*). Santiago. 26/01/2023. Acaba de conocerse el Informe del Tercer Panel  Genómico Proteómico efectuado en el trascurso de la investigación jurídico penal que fue iniciada por la querella criminal que un grupo de abogados presentamos en nombre del Partido Comunista de Chile en el año 2011, respecto de la muerte de nuestro camarada el ilustre poeta, Pablo Neruda, y a la que luego se sumaría la acción penal de los familiares del gran escritor.

El Panel anterior, de octubre del 2017, había logrado determinar la presencia de la bacteria Clostridium Botulinum en el cuerpo  de Neruda, lo que coincidía con los avances científicos que concluyeron coincidiendo en cuanto a que la  causa de muerte del ilustre chileno no correspondía con lo dicho en su certificado de defunción.

Los informes y las muestras quedaron en análisis desde el año 2017 por los acreditados laboratorios Mac Master de Canadá y Copenhaguen de Dinamarca.

Al presente Panel concurrieron , además de los expertos científicos, la Ministra Paola Plaza, el  Coordinador de Derechos Humanos de la Corte Suprema Ministro Mario Carroza y familiares de Neruda y representantes de los querellantes y del Ministerio del Interior. Las importantes conclusiones del Panel demostraron la imposibilidad de que la  cepa  tóxica del Clostridum Botulímico encontrado en los restos de Neruda haya sido producto de una contaminación externa producto del lugar donde se encontraba sepultado quedando dudas respecto si la  cantidad de material tóxico era suficiente para un efecto letal, disponiendo que ello fuera debidamente comprobado científicamente.

En este año, en  que se cumplirá ya medio siglo, 50 años, desde el criminal golpe de Estado  de septiembre de 1973, se cumple  el mismo tiempo desde el asesinato de Neruda.

Los avances en el procedimiento penal son sin duda relevantes y al menos ya no hay duda alguna que se pueda concluir que la muerte del ilustre compatriota y camarada fue producto de la acción de los golpistas del 73.

(*)Eduardo Contreras es abogado de derechos humanos y llevó casos como la querella en contra del dictador Augusto Pinochet, el proceso en torno de la muerte de Pablo Neruda y las causas abiertas por casos de detenidos desaparecidos y ejecutados políticos.