6 mil funcionarios públicos partirán con rebaja a 40 horas

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Así se informó desde la ANEF, organización que adviertió que sectores más complejos para aplicación de esta ley son educación y salud. La ministra Jeannette Jara sostuvo: “Tengan tranquilidad, porque tenemos un compromiso que nuestro Presidente ha mandatado para también reducir la jornada laboral cuidando el servicio público”.


Santiago. 13/4/2023. Desde la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF) se reportó que 6 mil funcionarios públicos partirán con la rebaja de 45 horas a 40 horas de jornada laboral semanal.
Además, se indicó que a la espera de la promulgación de la ley de las 40 horas, que marcará la cuenta regresiva para el inicio en el año 2024 de la aplicación de la rebaja con una hora menos de trabajo promedio, el Gobierno y los gremios de empleados públicos activarán la negociación para incorporar a la totalidad de estos dentro de la gradualidad de la rebaja, puesto que el proyecto aprobado solo rige para dependientes contratados por Código del Trabajo.

“Cuando se promulgue la ley para el sector privado, viene inmediatamente la negociación con el sector público para que también se aplique para las y los trabajadores fiscales y podamos tener más tiempo para las familias, espacio para el descanso y también para nuestro bienestar físico y mental”, dijo José Pérez, presidente de la ANEF.

El dirigente agregó que “actualmente tenemos 44 horas en el Estado de Chile y hay un cierto margen de facilidad de aplicarlo; sin embargo, tenemos tres focos que son complejos, como son salud, educación y trabajo en sistemas de turno”. Para esos trabajadores su jornada se encuentra regulada en estatutos especiales, como los servicios locales de Educación y los servicios de Salud.

Coincidió con ello la ministra del Trabajo, Jeannette Jara: “Los trabajadores del sector público están en una mesa de negociación con el Gobierno y van a ingresar con posterioridad. Tengan tranquilidad, porque tenemos un compromiso que nuestro Presidente (Gabriel Boric) ha mandatado para también reducir la jornada laboral cuidando el servicio público. Ahora esto es para los trabajadores del Código del Trabajo”.

De acuerdo a estadísticas de recursos humanos de la Dirección de Presupuestos, en la administración pública el personal disponible sobre el cual está pendiente la gradualidad de las 40 horas se compone principalmente por personal a contrata (247.097 cargos), seguido por el de planta (100.344). Ambas categorías que se rigen por el Estatuto Administrativo suman 347.441 al último trimestre de 2022.

Asimismo, el informe financiero del proyecto de 40 horas identifica 52 instituciones públicas con al menos un funcionario regido por el Código del Trabajo. El total de empleados reportados en esta calidad jurídica asciende a 29.696 (7% de la dotación del gobierno central), los que se distribuyen según categoría institucional en fiscalizadores en terreno, Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad, gobiernos regionales, servicios de Salud, subsecretarías y ministerios, entre otros. De ese grupo, se precisa en el informe, el 20,2% tiene una jornada semanal de 45 horas, de acuerdo a la información difundida por la ANEF.

En cuanto al mayor gasto fiscal, la Dipres calcula que en el primer año habrá 6.319 funcionarios afectos a la reforma, con un costo de $890.382 millones, y en régimen se estima que llegarán a 27.472 trabajadores ($15.835.061 millones).

Un informe de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales expuesto al Gobierno recuerda que la Contraloría General de la República (CGR) ha señalado que estos trabajadores regidos por el Código del Trabajo son, “igualmente, funcionarios o servidores públicos, cuyo estatuto administrativo pasa a ser el Código laboral común (DCGR N° 5.116/2008 y N° 21.718/2017) que, para estos casos, debe ser interpretado administrativamente por CGR y no por la Dirección del Trabajo (p.ej., DCGR Nº 15.987/2004)”. Se añade que, con todo, “no son servidores de carrera, ni les es aplicable el sistema de carrera funcionaria, así como tampoco son empleados a contrata de aquellos de carácter transitorio que se consultan en la dotación de un servicio” (DCGR N° 47.486/2007, N° 52.881/2003 y N° 1.512/2004)”.