Esta semana se concretaron planteamientos y votaciones sobre normas y contenidos del texto constitucional que se presentará a la población.
Santiago. 18/02/2022. En estos días prosiguen las discusiones, análisis y votaciones de normas y contenidos de una nueva Constitución al interior de la Convención Constitucional.
En sesión de este viernes, se aprobó que Chile será un “Estado regional, plurinacional e intercultural conformado por entidades territoriales autónomas, en un marco de equidad y solidaridad entre todas ellas, preservando la unidad e integridad del Estado”.
Entre contenidos que avanzaron la semana que finaliza, están los de plurinacionalidad, pluralismo jurídico, paridad y perspectiva de género en los sistemas de justicia, un Estado regional y regiones autónomas.
Entre las normas se consideró aquella de que “Chile es un Estado regional, plurinacional e intercultural conformado por entidades territoriales autónomas, en un marco de equidad y solidaridad entre todas ellas, preservando la unidad e integridad del Estado”.
Se dio luz verde a la creación del Consejo Social Regional, encargado de “promover la participación popular” y que “su organización e integración será representativa de las organizaciones de la sociedad civil, considerando paridad de género, plurinacionalidad y la representación de al menos un representante de las asambleas sociales comunales”.
También entró a discusión la realización de plebiscitos para que la ciudadanía pueda dirimir sobre materias estratégicas para el país, incluso los acuerdos internacionales.
Quedó claro que de acuerdo a la nueva Constitución ya no se hablará de Poder Judicial, sino de Sistemas de Justicia y que “la función jurisdiccional se regirá por los principios de paridad y perspectiva de género”.
“El Estado garantiza que los nombramientos en el Sistema Nacional de Justicia respeten el principio de paridad en todos los órganos de la jurisdicción, incluyendo la designación de las presidencias”, se sostuvo. Hay una nueva condición que incorpora la existencia de instancias judiciales indígenas. Se apuntó que “el Sistema Nacional de Justicia coexiste, en un plano de igualdad, con los Sistemas Jurídicos Indígenas. Es deber del Estado garantizar una adecuada coordinación entre ambos, con pleno respeto al derecho a la libre determinación y los estándares internacionales de derechos humanos interpretados interculturalmente”.
Entre los contenidos tratados (hay algunos que desde el pleno de la Convención deben volver a las comisiones y otros ya formarían parte de la propuesta de nueva Carta Magna) está el inciso 1 del artículo 15, titulado “Plurinacionalidad, pluralismo jurídico e interculturalidad”, que apunta que “la función jurisdiccional se define en su estructura, integración y procedimientos conforme a los principios de plurinacionalidad, pluralismo jurídico e interculturalidad”.
Se aprobó aquello de los principios de justicia abierta, a la incorporación de paridad y de perspectiva de género, además de la gratuidad, artículo que establece que el acceso a la justicia será gratuito. Las juezas y jueces que ejercen jurisdicción son independientes entre sí y de todo otro poder o autoridad, debiendo actuar y resolver de forma imparcial. En sus providencias, sólo están sometidos al imperio de la ley.
La función jurisdiccional la ejercen exclusivamente los tribunales establecidos por ley. Ningún otro órgano del Estado, persona o grupo de personas, podrán ejercer la función jurisdiccional, conocer causas pendientes, modificar los fundamentos o el contenido de las resoluciones judiciales o reabrir procesos concluidos. Las juezas y jueces no podrán desempeñar ninguna otra función o empleo, salvo actividades académicas en los términos que establezca la ley. Las juezas y jueces sólo ejercerán la función jurisdiccional, no pudiendo desempeñar función administrativa ni legislativa alguna. Las juezas y jueces no podrán militar en partidos políticos.
El Pleno de la Convencional Constitucional, en su sesión número 55, llevó a cabo su primera jornada de debate y votación de normas constitucionales. En la oportunidad, se revisó el primer informe entregado por la Comisión de Sistemas de Justicia, Órganos Autónomos de Control y Reforma Constitucional, que contenía una propuesta de 16 artículos referidos a los “Principios generales del Sistema Nacional de Justicia”.
Los coordinadores de la comisión, constituyentes Vanessa Hoppe y Christian Viera, fueron los encargados de exponer al Pleno el informe.
Luego de cinco horas de debate, en el que 100 constituyentes intervinieron por un máximo de tres minutos cada uno, para apoyar o criticar las normas derivadas de la comisión, se dio inicio a la votación general de cada una de ellas por separado y se aprobaron por más de dos tercios, como establece el reglamento, 14 de los 16 artículos propuestos.
Estos plantean, entre otros, los principios de pluralismo jurídico; la independencia jurisdiccional, el acceso gratuito a la justicia, mecanismos colaborativos de resolución de conflictos (que logró el más amplio apoyo con 150 votos a favor y una abstención) y el derecho de acceso a la justicia.
En tanto, las dos normas rechazadas en general, porque no lograron el número de votos afirmativos exigido (103), correspondieron a:
- Artículo 4 que propone establecer la inamovilidad de los jueces pero fija como edad tope los 70 años
- Artículo 8 sobre ejecución de resoluciones, que permite que dicha ejecución sea solicitada no solo a la fuerza pública sino “a toda otra autoridad o persona” y, además, en materia de normas internacionales de Derechos Humanos, permitiría revisar las sentencias dictadas por los tribunales nacionales.
Ambas deberán volver a la Comisión de Justicia para que los constituyentes vuelvan a discutir y presenten una propuesta alternativa.
Al término de la votación, la presidenta de la Convención Constitucional, María Elisa Quinteros, manifestó que “estamos muy felices, la Convención avanza, hemos dado un paso gigante, histórico para los pueblos de Chile, en donde hemos empezado a votar en general las normas, las propuestas para la nueva Constitución. Vamos a seguir trabajando en los próximos días, ustedes vieron la gran mayoría que pudimos lograr y estamos muy felices por los logros alcanzados”.
En tanto, Vanessa Hoppe comentó que su “mayor orgullo es la consagración del enfoque de género de los órganos que ejercen jurisdicción. Hoy empezamos a reconstruir un Chile con la participación de mujeres, con las diversidades sexo genéricas; seguimos intentando profundizar estos cambios”.
Mientras que, Christian Viera también manifestó su emoción “ya que el quorum de los dos tercios es muy exigente. Quisiera señalar que esta es una regla democrática. Estamos muy tranquilos y tranquilas porque las normas que fueron rechazadas van a ser mejoradas, es una oportunidad para ofrecer un mejor texto”.
Coordinador Comisión Sistemas de Justicia, Christian Viera
Las 14 propuestas aprobadas, que serán ahora discutidas en particular en la sesión del jueves 17 de febrero, son:
Artículo 1.- Función jurisdiccional
Artículo 2.-Pluralismo jurídico
Artículo 3.-Indepencia jurisdiccional, imparcialidad y exclusividad
Artículo 5.- Derecho de acceso a la justicia
Artículo 6.- Tutela jurisdiccional efectiva
Artículo 7.- Inexcusabilidad e indelegabilidad
Artículo 9.- Fundamentación y lenguaje claro
Artículo 10.- Acceso gratuito a la función jurisdiccional
Artículo 11.- Principio de responsabilidad jurisdiccional
Artículo 12.- Publicidad, probidad y transparencia
Artículo 13.- Principios de justicia abierta
Artículo 14.- Paridad y perspectiva de género
Artículo 15.- Plurinacionalidad, pluralismo jurídico e interculturalidad
Artículo 16.- Mecanismo colaborativos de resolución de conflictos.
Derecho a la comunicación
Se informó durante la semana que termina, que se aprobaron, en la comisión respectiva, aspectos de contenidos en cuanto al derecho a la comunicación.
Por ejemplo, “que toda persona, individual o colectivamente, tiene derecho a participar en la comunicación, y a acceder, buscar, recibir, producir, y difundir información. Asimismo, se reconocer el derecho a fundar y mantener medios de comunicación e información”.
Se señaló que “los pueblos y naciones tienen el derecho a acceder en condiciones de igualdad a todos los medios de comunicación e información, en sus propias lenguas, particularmente en sus territorios o donde tengan presencia”.
Además, se sostuvo que el nuevo texto constitucional debe indicar que “el Estado tiene el deber de respetar la libertad de prensa, velar por el pluralismo de los medios de comunicación y por la diversidad de opiniones”. En esa línea se planteó que el Estado debe fomentar “la existencia de medios de comunicación libres e independientes” y “se prohíbe la concentración de propiedad de los medios de comunicación e información” y, por cierto, se apuntó que “en ningún caso se podrá establecer el monopolio estatal” sobre los medios.
La normativa sostuvo que “el Estado fomenta y facilita la creación de radioemisoras, televisoras, canales y plataformas digitales, así como cualquier otro medio…asegurando espacio igualitario para la transmisión eficaz de estos”. También promover y respetar “la existencia y desarrollo de medios públicos, regionales, locales y comunitarios”.
Se planteó en la norma la existencia de “un sistema de medios y soportes de comunicación e información diverso, pluralista, transparente, inclusivo, intercultural, plurilingüe y descentralizado”.
Un Estado Regional, plurinacional e intercultural
El Pleno de la Convencional Constitucional votó, en una maratónica jornada, 36 artículos emanados del informe de la Comisión de Forma de Estado, Ordenamiento, Autonomía, Descentralización, Equidad, Justicia Territorial, Gobiernos Locales y Organización Fiscal referidas al bloque 1 sobre la forma jurídica del Estado, competencias y regiones.
El informe fue presentado al Pleno por los coordinadores de la comisión Adolfo Millabur y Jeniffer Mella y luego de 10 horas de deliberación y votaciones, los constituyentes aprobaron 28 artículos, y rechazaron los restantes 8.
En las exposiciones previas a la votación, los convencionales compartieron de manera transversal el diagnóstico del alto nivel de centralismo que tiene el país, pero marcaron diferencias respecto de cuál es el mecanismos para corregirlo.
En primer término, se aprobó la norma que señala que Chile es un Estado Regional, plurinacional e intercultural, conformado por entidades territoriales autónomas, en un marco de equidad y solidaridad.
La propuesta de establecer un Estado Regional tiene como objetivo dejar atrás la actual forma jurídica de un “Estado Unitario”.
Al respecto, el convencional Claudio Gómez, explicó al Estado Regional como “un mecanismo, una forma intermedia entre el Estado unitario y el Estado federal, cuya finalidad es entregar autonomía a las entidades territoriales con el objetivo de terminar con históricas inequidades territoriales que hemos tenido en nuestro país”.
Cabe recordar que las Constituciones de 1833, 1925 y 1980 consagraron a Chile como un país con un “Estado unitario”, por lo que la actual propuesta jurídica se enfoca en cambiar la mirada sobre la distribución territorial del poder, por medio de la creación de regiones autónomas, comunas autónomas, autonomías territoriales indígenas y territorios especiales.
“Buscamos consagrar a los territorios como verdaderas comunidades políticas. En el caso de las regiones autónomas, para lograr que puedan tener una autonomía real, se propone la existencia de un órgano regional con potestades legislativas exclusivas sobre materias de competencia de la región y autonomía financiera para sus ingresos y gastos que descentralice financieramente el país”, puntualizó la constituyente Tammy Pustilnick, abogada y parte de la Comisión de Forma de Estado.
Otra norma aprobada que introduce un nuevo concepto de Maritorio. Al respecto, la convencional de Escaños Reservados del pueblo Rapa Nui e integrante de la Comisión de Forma de Estado, Thiare Aguilera, argumentó a favor de esta norma apelando all “carácter oceánico de Chile”. En específico, el Maritorio puede entenderse como una parte del territorio, el cual se hace cargo de las diferentes formas de habitar, experimentar y vivir con el mar, comprendiendo a este espacio en su dimensión de forma integral entre material y tangible y lo cultural e intangible.
En las consecutivas votaciones realizadas, el artículo que más apoyo alcanzó (151 votos a favor) trata sobre la “diferenciación territorial”, y propone que el Estado deberá producir políticas públicas diferenciadas y transferir competencias adecuadas a las necesidades y particularidades de cada ente territorial.