El Segundo Congreso Nacional Mapuche, constituye un hito del reconocimiento del pueblo mapuche como un interlocutor legítimo frente al Estado.
Marcos Barraza Gómez. Integrante de la Comisión Política. Partido Comunista de Chile. 02/09/2020. Transcurridos 50 años de la experiencia de la Unidad Popular y haciendo un balance de lo alcanzado en materia indígena en la actualidad, en 2020 aún no alcanzamos los logros que se consagraron en materia de derechos de los pueblos originarios durante el gobierno de Salvador Allende.
Y es que en los años setenta del siglo XX, antes de la instalación de la idea de plurinacionalidad, antes de que la mayoría de los países de América Latina reconocieran derechos para los pueblos originarios, y antes de la existencia del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, en Chile se estaba avanzando con justicia en una interesante y preclara política indígena.
Durante los cortos años del Gobierno de la Unidad Popular se evidenciaron importantes logros en cuanto a reconocimiento de la diversidad cultural, recuperación de tierras y reivindicación territorial, así como también a la implementación de una institucionalidad indígena y en políticas públicas para la población originaria.
La realización del Segundo Congreso Nacional Mapuche, en la ciudad de Temuco en diciembre de 1970, que contó con la presencia del Presidente Allende, constituye un hito del reconocimiento del pueblo mapuche como un interlocutor legítimo frente al Estado, en un relacionamiento de alto nivel, con la máxima autoridad estatal. En esa oportunidad los dirigentes y autoridades mapuche entregaron al Presidente una propuesta de ley, que sería recibida por este, enviada al Congreso, y que más tarde se convertiría en la Ley N° 17.729, que entró en vigencia en 1972.
Esta legislación, sería la primera orientada a atender las cuestiones de todos los pueblos que habitan el territorio, y de esta se destacan tres elementos fundamentales: la reivindicación de la tierra y los territorios, la creación de una institucionalidad indígena, y el establecimiento de derechos en materia educativa.
En materia de tierra indígena, se consagró la inembargabilidad de las tierras indígenas, se limitó la división de las comunidades al exigir mayoría absoluta para solicitar la división. Así también, se definen las condiciones para la restitución a los indígenas de las tierras ocupadas por personas no indígenas.
Si bien la Ley de Reforma Agraria del período de Frei Montalva sirvió de base para la redistribución de la tierra, esta no mencionaba nada sobre el pueblo mapuche, que consideraba como campesinos. Esta asimilación con el sujeto campesino era la regla general en América Latina, cuestión que la ley indígena de Allende vino a clarificar y dar reconocimiento legal a los pueblos originarios como sujeto indígena.
Es importante destacar que, la ley indígena de Allende, al incluir los recursos cuando se refiere a las tierras, se encuentra en consonancia con el precepto actual de comprender como un todo indivisible tierra, territorios y recursos naturales.
La creación del Instituto Nacional de Desarrollo Indígena (IDI) como primera institucionalidad en materia indígena, tuvo la misión integral de promoción el desarrollo social, económico, educacional y cultural de los de los pueblos originarios.
Así también, en materia educativa, la ley indígena del gobierno de la UP incluyó un programa intensivo de educación a todos los niveles, que incluyó recursos para capacitación, y estableció que las universidades debían reservar anualmente un número determinado de matrículas para estudiantes indígenas.
En estos aspectos vemos una política integral que fue destruida y que aún hoy en día no se logra alcanzar. Más aún, el hecho de que la propuesta de ley haya sido redactada por integrantes de los pueblos originarios implica un importante antecedente de deliberación y participación política indígena, a través de una iniciativa de ley.
Todo esto se encontraba en pleno desarrollo cuando el golpe de Estado vino a interrumpir de la peor manera lo alcanzado, y tal como lo describe Jaques Chonchol, comenzó un proceso opuesto a la Reforma Agraria: la contra reforma agraria.
En 1979, mediante un decreto ley de la dictadura se suprimió el IDI, y como cuestión central se permitió la división de las reservas indígenas y se dio inicio a un proceso de liquidación de las comunidades, con la intención de eliminar el estatus especial de los indígenas, asimilarlos a la población nacional e integrarlos. Esta asimilación sumada al despojo de las tierras tenía el objetivo hacer desaparecer al pueblo mapuche.
Sin embargo, 50 años después y a pesar de una política sostenida de asimilación y despojo, los pueblos originarios en Chile han resistido no sólo la política de exterminio de la dictadura sino también la precarización propia del modelo neoliberal.
En el contexto actual, con un proceso constituyente ad portas, con la existencia viva de 9 pueblos originarios y una población de casi 2 millones de personas que se autoreconocen orgullosamente como pertenecientes a un pueblo originario, se discute el reconocimiento constitucional, la participación de representantes indígenas en la redacción de una nueva constitución, y la construcción de un Chile Plurinacional que valore la riqueza de la diversidad y la pluralidad.
Chile no será completamente democrático sin el reconocimiento pleno de los pueblos originarios en la nueva Constitución.