La Asamblea Constituyente que se votará en un plebiscito es un logro del movimiento popular y un acierto del PC que ha impulsado esta propuesta de hace varios años.
Carlos Arrue Puelma
Encargado constitucional PC
16/11/2019. El 22 de octubre, publiqué una columna en este medio, planteando la necesidad de una Asamblea Constituyente ahora.[1] En ella, se sostuvo la necesidad de una nueva Constitución por tres motivos centrales; las carencias materiales, la falta de ética y la crisis institucional. Propusimos, como alternativa a la represión desatada, el encausamiento del malestar mediante un acuerdo nacional que pusiera fin al estado de emergencia, sancionara a los violadores de derechos humanos y convocara a una Asamblea Constituyente.
La represión recrudeció de la mano de una repudiada declaración de guerra y hasta la fecha conocemos de muertos, torturados, mutilados, violadas y heridos y heridas. A gran escala, el pueblo de Chile ha sido una vez más víctima de violaciones a sus derechos humanos por levantar la voz. Y así, en estas casi cuatro semanas, hemos transitado del estallido social hacia una crisis política, hemos pasado del levantamiento a la resistencia y la lucha. Con toda honestidad, debo decir que creo que esto recién comienza.
24 días después, el 14 de noviembre, la UDI colocó su rúbrica en una hoja que sella lo que podría ser el final de la Constitución pinochetista. Al final, la derecha dio su brazo a torcer y pasó lo que muchos creían imposible. Ciertamente que hay un problema con el quórum y el proceso mismo acordado genera dudas e inquietudes, a los cuales nos referiremos, pero lo concreto es que la UDI puso su firma por una nueva Constitución. La cara de la senadora Van Rysselberghe, lo dice todo.
¿Fue esto algo pensado por ellos? No. ¿Aciertan quienes creen que es un ardid del gobierno y que no hay que ser ingenuos? ¿Qué hay sobre su veto a los cambios?
En los últimos meses, la derecha y el gobierno se encontraban haciendo esfuerzos importantes para posicionar al Presidente Piñera internacionalmente; Venezuela, COP 25, APEC, etc. Si se trataba de dejarlo instalado positivamente, lo que ha pasado ha sido todo lo contrario. Por otra parte, si el gobierno buscó en algún momento obtener un provecho político, jugándosela por entero a favor del orden y control creando caos, formula conocida desde época romanas para imponer dictaduras o políticas represivas -en la línea de Aula Segur – también el tiro salió por la culata.
Creo que la derecha ha sido tan sorprendida como nosotros y menos preparada porque jamás pensó en crear una nueva Constitución y menos hacerlo por la vía de una Asamblea Constituyente. Creer lo contrario, es no atender los hechos y su conducta histórica de fe ciega en la perpetuidad del orden pinochetista. Por lo que para ellos, es un tema nuevo. Fijar un quórum tan alto es una señal de su arrebato antidemocrático pero, sin dudas, conviene avanzar con ellos en este proceso porque aunque no nos gusten sus posiciones anti populares y reaccionarias, dejarlos fuera no es una alternativa. Es natural que defiendan sus posiciones y resistan los cambios y es bueno que lo hagan como lo están haciendo. Quien espera otra actitud o condene su obstaculización no hace más que contrariar lo obvio.
La Asamblea Constituyente que se votará en un plebiscito es un gran logro del movimiento popular y un acierto del PC que ha impulsado esta propuesta de hace varios años. Creemos que dicha Asamblea o Convención Constituyente, es el órgano constituyente que refleje la soberanía popular debiendo ser amplio, inclusivo, democrático, participativo e institucional. Reafirmamos el carácter institucional ya que la única forma en que pueda tener toda la legitimidad necesaria, es con reglas claras y conocidas por todas y todos y con un procedimiento accesible y público.
Entre sus características principales, debiéramos considerar la paridad total de género, la participación con cuota de pueblos indígenas, con un número de delegados o asambleístas que asciende, por ejemplo, a 170 en total y una elección de tipo territorial que utilice el mapa distrital para fijar el número de asambleístas por cada territorio (distrito o región). La competencia debiera ser tanto mediante listas como individuos así como permitir la postulación de organizaciones sociales y solo partidos políticos. El plazo de trabajo debe ser acotado, el tiempo no debiera exceder un año.
Sobre el quórum en particular, hemos sido de la idea de que las decisiones se deben tomar por mayoría absoluta, sin otro quórum mayor. Esto permitirá crear una Constitución menos acordada y más representativa de un sentir mayoritario. Seguramente para muchos, esta lógica tiene poco sentido, sin embargo, los elevados quórums corren riesgos de dejar la Constitución con poco espacio de regulación debido al veto reciproco. Es decir, así como una minoría puede bloquear la visión de una mayoría, esa minoría también puede ser bloqueada. Debiera también tener por rasgo una instancia de retroalimentación con la ciudadanía de carácter obligatorio para cautelar la incorporación de la opinión de los y las ciudadanas mediante un seguimiento y fiscalización permanente.
Lo anterior se plasmaría mediante una ley constituyente. En su momento, el PC propuso esta forma de institucionalización sobre la base de dejar de manifiesto las normas que dieron eficacia al funcionamiento de la Asamblea Constituyente. Estamos porque esta ley no sea de rango constitucional sino simple, aunque hay opiniones a favor de que tenga alguna jerarquía, que en ningún caso ha de ser de quórum constitucional (3/5, 2/3). Es en esta ley donde debiera expresarse la forma de integración, los quórums, el número y los procedimientos generales para el trabajo de una AC. Es de esperar que pronto se crea un equipo transversal que la redacte.
De esta forma, nuestra propuesta cumple con ser democrática, representativa, participativa, paritaria e institucionalizada.
Teniendo en cuenta lo planteado, quisiera precisar algunos conceptos fundamentales a propósito del acuerdo político alcanzado el 14 de noviembre:
- Establecer el quórum de aprobación de las normas en un acuerdo político, como se hizo, no obliga ni a la Asamblea Constituyente como tampoco al Congreso cuando legisle lo que debe legislar a efecto de institucionalizar el proceso. La razón es simple. La Asamblea o incluso la Convención Constituyente mixta, al ser mandatados por el pueblo mediante plebiscito detentan mayor legitimidad que dicho acuerdo político. No me refiero a legitimidad derivada del momento político en sí mismo, sino a la legitimidad que implica un mandato de un Plebiscito por encima de un acuerdo político. Si el pueblo decide que hay un órgano constituyente y decide quienes lo integran, no puede un acuerdo político impedir que tome otra posición. No es vinculante ese acuerdo para la AC. De la misma forma, el Congreso tampoco está atado a ese acuerdo, sobre todo porque la ley de partidos políticos prohibió las ordenes de Partido y tampoco puede decirle al órgano constituyente con qué quórum tomar decisiones. Lo que proponemos es que se incorpore a la ley constituyente, la recomendación de un quórum de mayoría absoluta.
- El quórum de 2/3 propuesto en el acuerdo, funciona como veto recíproco. Es decir, así como le da poder a una minoría que puede impedir cambios, permite al mismo tiempo que una minoría puede impedir que resuciten normas de la Constitución de 1980. Es el caso, por ejemplo, del Estado subsidiario. Un 34% de los asambleístas terminaría con ese rol del Estado, lo cual sería fantástico. Esto nos permite anticipar que ese quórum generará una Constitución menos densa y finalmente muchas materias terminarán por resolverse posteriormente por ley, que de todas formas, tendrán quórums más bajo. Visto así, se podría concluir que es un tanto inocuo el cerrojo que impuso la UDI en el Acuerdo, aunque bien vale la pena señalar, que solo sería menos dañino si la Constitución se hace “en blanco”, es decir, sin tener como norma por defecto la Constitución de 1980. Quienes han sostenido esta posibilidad, yerran profundamente porque de todos modos la potestad constituyente del pueblo es ilimitada, no se le reconoce mas limite al pueblo cuando ejerce la potestad constituyente, que el respeto a los derechos humanos. En consecuencia, no se le puede establecer condición alguna a una Asamblea Constituyente en relación a qué norma deba aplicarse por defecto. Se murió la Constitución de 1980.
- Es necesario revisitar y estudiar a fondo el tema de la obligatoriedad del voto. Existe una gran desconfianza hacia la política y cualquier cosa que los partidos deciden, ya sea entre todos o entre algunos, contarán siempre con la desconfianza. De modo que no se puede asegurar que la ciudadanía participe del proceso plebiscitario mandatorio o de “entrada”, como se conoce. Hay que tomar la medida de modificar el voto para que sea obligatorio.
En momentos de gran relevancia para el futuro, conviene destacar que el tema constitucional es de vital importancia en el reordenamiento del poder y la riqueza. Lamentablemente, pese a esa importancia, el pueblo aun cree que muchas de sus demandas se pueden resolver de forma inmediata, sin cambio constitucional. Mas allá de no ser tan cierto, lo concreto es que el logro de una Asamblea Constituyente no es necesariamente la única respuesta que debe dar la política a efectos de recuperar la capacidad de representar a la gente. La movilización felizmente continuará y convendrá entonces revisar urgentemente la agenda legislativa para dar más y nuevas respuestas.
[1] https://www.elsiglo.cl/2019/10/23/asamblea-constituyente-ahora/